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Conocimientos Categoría: Diario de viajes en el Gran Desierto V |
- Descripción: Ley de Tuval, artículo 2 - Daños Los Bandidos de Gahaz no tienen permitido causar daños injustificados. Sin embargo, actuar en defensa propia o bajo intereses de la organización no es punible. Cualquier tipo de violencia a otros miembros de los Bandidos de Gahaz se castigará con la expropiación de toda propiedad y derechos de la persona en cuestión. Se puede obtener completando una misión «[Ley de Tuval] Daños, autoridad y autosuficiencia» Obtenido de: ![]() |
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