ID: 9337
Artículo 4 de la Ley de Tuval - Autosuficiencia
icon Conocimientos
Categoría: Diario de viajes en el Gran Desierto V

- Descripción:
Ley de Tuval, artículo 4 - Autosuficiencia
Los Bandidos de Gahaz deben obtener sus artículos de primera necesidad y sus ganancias mediante sus propios medios.
Esto incluye individuos y organizaciones.
Sin embargo, en el caso de un objeto obtenido por una de las organizaciones, este se podrá distribuir según las leyes de dicha organización. Todo está permitido en ese sentido siempre que no se quebrante la Ley de Tuval.
Se puede obtener completando una misión
«[Ley de Tuval] Daños, autoridad y autosuficiencia»
Obtenido de:
icon
- Santuario Bahit
Obtenido de:
icon - Ley de Tuval - Daños, autoridad y autosuficiencia
BBCode
HTML
Ordenar por: Clasificación Fecha
avatar
Mirita 6-10-2023 23:23
Start with The Annals of Cloran knowledge.
0


Inicia sesión para comentar
ID   Nombre Nivel Región Exp. Exp. (Habilidades) Experiencia de contribución Recompensas REWARD_TYPES SUBTYPE
ID   Nombre Nivel Región Exp. Exp. (Habilidades) Experiencia de contribución Recompensas REWARD_TYPES SUBTYPE
Loading data from server